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Calendario Verifactu: qué fecha te toca según seas SL, autónomo o SII (2026-2027)

· · 7 min

Si sigues el tema de Verifactu de oído, es fácil acabar con tres fechas distintas en la cabeza. Un correo de la gestoría habla de 2025. La publicidad de un programa de facturación te mete prisa para 2026. Y alguien te ha dicho que en realidad no entra hasta 2027. Las tres han sido ciertas en algún momento, y ninguna de las tres tiene por qué ser la tuya.

El problema es que el calendario de Verifactu no es una sola fecha: son varias, y la que te toca depende de qué eres —sociedad, autónomo, o alguien que ni siquiera está dentro—. Vamos a ponerlas en orden para que salgas de aquí sabiendo la tuya y no la del vecino.

En corto

Tu fecha depende de qué eres, no del susto que te hayan metido. Si tu negocio es una sociedad —una SL, una SA, una cooperativa: paga Impuesto sobre Sociedades—, tu límite es el 1 de enero de 2027. Si eres autónomo u otra persona física obligada, tienes hasta el 1 de julio de 2027.

Si ya estás en el SII, o tributas en País Vasco o Navarra, esto no va contigo. Y 2026 es un periodo de pruebas voluntario: puedes adelantarte, pero no estás obligado hasta tu fecha.

¿Cuál es tu fecha? Búscate en esta tabla

Todo el calendario cabe en una tabla. Búscate en la primera columna:

Tu situaciónTu fecha límiteQué significa
Sociedad (SL, SA, cooperativa… paga Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027Tu programa de facturación tiene que estar adaptado ese día
Autónomo y demás personas físicas obligadas1 de julio de 2027La misma exigencia, con seis meses más de margen
Ya estás en el SIINo te aplicaYa informas a Hacienda de tus registros por otra vía
Tributas en País Vasco o NavarraNo te aplicaTienes TicketBAI o Batuz, que van por su cuenta
Facturas de verdad a mano, en papel, sin ningún programaNo te aplica… hasta que uses unoEn cuanto uses cualquier programa de facturación, sí entras

Dicho como una decisión rápida, para que no haya duda:

  • Si tu empresa presenta Impuesto sobre Sociedades → tu fecha es el 1 de enero de 2027.
  • Si eres autónomo o persona física obligada → el 1 de julio de 2027.
  • Si ya mandas tus registros por el SII → esto no va contigo.
  • Si tributas en País Vasco o Navarra → tampoco.

Un aviso importante: estas fechas se han movido varias veces —de 2025 pasaron a 2026 y ahora a 2027—, así que trátalas como la foto a día de hoy y confírmalas con tu asesoría antes de tomar decisiones grandes. En un tema donde el calendario ha cambiado tanto, esa precaución no sobra.

¿Y si tu caso no encaja limpio en ninguna fila —facturas a caballo entre territorios, no sabes si el SII te exime, tienes un sistema hecho a medida—? Sin deducirlo de la tabla, tenemos un comprobador de cuatro preguntas que te dice tu fecha real: sin registro y sin pedirte el correo.

La fecha de 2025 no era la tuya: era la del software

Aquí está el malentendido que genera la mitad de los correos de miedo. Sí hubo una fecha en 2025, pero no era para los que facturan, sino para los que fabrican el programa.

Desde el 29 de julio de 2025, los productores y comercializadores de software de facturación solo pueden vender programas ya adaptados a la norma. Esa fecha sale de contar nueve meses desde que entró en vigor la orden técnica que desarrolla el reglamento, y es una obligación de ellos, no tuya.

Para ti tiene una consecuencia buena: la mayoría de los programas serios que hay hoy en el mercado ya cumplen, porque llevan desde mediados de 2025 obligados a ello. Si facturas con un programa comercial al día, es muy probable que el trabajo ya esté hecho por debajo y tú solo tengas que llegar a tu fecha de 2027 usándolo con normalidad.

El único caso en el que esto no te cubre es si te fabricas las facturas tú mismo con una plantilla —y ahí es donde conviene entender por qué han bailado tanto las fechas de los usuarios.

¿Por qué han cambiado tanto las fechas?

Porque el calendario original era demasiado ajustado y se prorrogó. La versión que estaba prevista al principio ponía a las sociedades a cumplir a mediados de 2025 y al resto en 2026; con esos plazos encima, y muchos negocios y programas sin llegar, se aprobó una prórroga a finales de 2025 (el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre) que empujó todo a 2027.

Ese es el calendario que rige ahora mismo: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Las fechas anteriores que sigas viendo por ahí —en artículos, en correos, en la publicidad de algún programa— son de versiones ya superadas de la norma. Si te llega una con urgencia de "esto entra el mes que viene", cruza siempre contra tu perfil de la tabla de arriba antes de correr.

Que se hayan movido no quiere decir que vayan a moverse otra vez, ojo. Pero sí explica por qué es tan fácil oír tres fechas distintas del mismo tema.

2026 es voluntario: qué conviene hacer y qué no

El año 2026 funciona como periodo de pruebas voluntario. Puedes empezar a usar Verifactu antes de tu fecha si tu programa ya está listo, pero no estás obligado. Nadie tiene que correr esta semana.

"Voluntario" no significa "no hacer nada". Significa que tienes margen para llegar con calma en vez de a última hora. Lo útil que puedes hacer ahora, sin gastar ni un euro por miedo:

  • Pregunta a tu proveedor de software si su programa va a cumplir y para cuándo. Es un correo de una línea, y la respuesta te dice si te lo resuelven ellos o si tienes que mover algo. Cómo saber si su contestación es buena señal está en cómo comprobar si tu programa cumple.
  • Si facturas con Excel, Word o una plantilla casera, ese es el punto que sí toca cambiar con tiempo: una plantilla cuenta como software pero no encadena registros ni genera el QR que exige la norma. Las opciones, incluida la app gratuita de la AEAT, están en Verifactu si facturas con Excel o Word.
  • No compres nada por miedo. Los correos de "adáptate ya o multa de 50.000 €" suelen venir de quien te quiere vender la solución. Quién paga de verdad esas multas está en las sanciones explicadas sin alarmismo.

Un ejemplo con fechas concretas

Pongamos dos negocios idénticos por fuera para ver cómo la forma jurídica cambia la fecha. Una peluquería que factura unos 60 tickets al mes, con un programa de caja normal y corriente.

Si la peluquería es una SL, su fecha es el 1 de enero de 2027. Si es un autónomo con el mismo local y el mismo volumen, su fecha es el 1 de julio de 2027. Mismo negocio, mismo programa, seis meses de diferencia solo por cómo está constituido. En los dos casos, si su programa de caja ya está adaptado —muy probable, porque el fabricante lo tiene obligado desde 2025—, el día señalado no notarán nada: seguirán facturando igual, con el QR puesto por debajo.

Donde sí habría trabajo es si esa misma peluquería se hiciera los tickets con una plantilla de Excel. Ahí, antes de su fecha, tendría que pasar a una herramienta que cumpla. No es urgente en 2026, pero es el único de los tres escenarios en el que hay algo real que cambiar.

(Las cifras y los casos son orientativos, para que se entienda; tu situación concreta la manda tu asesoría.)

Si tu caso tiene matices

El calendario es sencillo cuando encajas limpio en una fila. Se complica cuando hay excepciones de por medio: si no tienes claro si el SII te exime, si facturas entre territorios con reglas distintas, o si tienes un sistema hecho a medida que no sabes si cumple. Esos matices conviene mirarlos con alguien antes de que llegue la fecha, no el día antes.

Si quieres que lo veamos por ti —cómo facturas hoy, qué fecha te toca de verdad, y si hay algo que cambiar— lo dejamos hecho con tiempo. Puedes escribirnos a contact@easybyte.es o mirar cómo trabajamos esto en la página del servicio. Y si solo quieres tu fecha en dos minutos, el comprobador te la da gratis.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo que cumplir Verifactu si soy una SL?

Con las fechas vigentes hoy, las sociedades —las que presentan Impuesto sobre Sociedades, incluidas SL, SA y cooperativas— deben tener su programa de facturación adaptado el 1 de enero de 2027. Antes de esa fecha no estás obligado, aunque puedes empezar en el periodo voluntario de 2026 si tu programa ya está listo.

¿Y si soy autónomo, qué fecha tengo?

Los autónomos y el resto de personas físicas obligadas tienen hasta el 1 de julio de 2027, seis meses más que las sociedades. El volumen que factures no cambia la fecha: factures poco o mucho, tu límite es el mismo.

Estoy en el SII, ¿me afecta el calendario de Verifactu?

No. Quien ya está en el SII (Suministro Inmediato de Información) queda fuera de Verifactu, porque ya informa a Hacienda de sus registros por otra vía. Tampoco aplica a quien tributa en País Vasco o Navarra, que tienen TicketBAI y Batuz.

¿Qué era la fecha de 2025 que se oía tanto?

Esa fecha —el 29 de julio de 2025— no era la tuya: era el plazo para que los fabricantes de software solo vendieran programas ya adaptados. Por eso muchos programas serios ya cumplen. La fecha en la que a ti te toca usarlo es la de 2027.

Dónde comprobarlo

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