Verifactu en el TPV: cómo debe facturar un negocio que cobra con datáfono
· Javier Miralles · 6 min
Tienes un bar, una tienda o una peluquería, y a la hora de cobrar usas el datáfono de toda la vida: el cliente acerca la tarjeta, pita, y ya está. Te ha llegado algo sobre Verifactu y das por hecho que va de ese aparatito — así que la pregunta que de verdad te ronda es si tienes que cambiarlo, pedirle algo al banco, o si tu forma de cobrar deja de valer.
En corto
No, tu datáfono no tiene que cumplir Verifactu — de hecho, ni entra en la conversación. Verifactu regula el programa que emite el ticket o la factura de la venta, no el aparato que cobra la tarjeta. Son dos cosas distintas que muchos negocios tienen mezcladas en la cabeza, y separar una de otra es lo primero que hay que hacer antes de mirar nada más.
¿Tiene mi datáfono que cumplir Verifactu?
No. El datáfono es un terminal de cobro: recibe la orden de pago, se comunica con el banco, confirma que la tarjeta tiene fondos y autoriza la operación. Ahí termina su trabajo. No guarda el detalle de qué has vendido, no calcula el IVA de la venta y no emite ningún documento que Hacienda considere una factura.
El Real Decreto 1007/2023, que es la norma que crea las obligaciones de Verifactu, regula lo que llama sistemas informáticos de facturación (SIF): el software que registra, calcula y emite el ticket o la factura. Un datáfono no encaja en esa definición porque no factura nada — solo cobra. Por eso, si tu proveedor de datáfono no te ha dicho nada de Verifactu, no es que se le haya olvidado: sencillamente no le toca.
Entonces, ¿qué parte de mi negocio sí tiene que cumplir?
El programa de caja o TPV que usas para registrar la venta y sacar el ticket. En un bar o una tienda suele ser el mismo software desde el que marcas lo que se ha consumido, calculas el total y das al botón de cobrar — y es ese software, no el datáfono, el que después imprime o manda el ticket al cliente. Ese es el sistema que tiene que cumplir el registro encadenado e inalterable que pide la norma.
La confusión viene de que, en el mostrador, datáfono y TPV están físicamente pegados y a veces hasta comparten pantalla, así que parecen la misma cosa. Por dentro no lo son:
| TPV / programa de caja | Datáfono | |
|---|---|---|
| Qué hace | Registra la venta, calcula el importe, emite el ticket o factura | Procesa el cobro con tarjeta y lo autoriza con el banco |
| Qué documento genera | El ticket o factura que justifica la venta ante Hacienda | Ningún documento fiscal — solo un recibo de operación bancaria |
| ¿Le aplica Verifactu? | Sí, es el sistema informático de facturación (SIF) | No, queda fuera del reglamento |
| Quién lo certifica/actualiza | El fabricante del software de caja | El banco o la entidad que presta el servicio de cobro |
¿Y tu fecha concreta según seas autónomo o sociedad? Nuestro comprobador de cuatro preguntas te la dice al momento, sin pedirte el correo.
¿Los tickets cuentan igual que las facturas completas?
Sí, y esta es la parte que más se pasa por alto en un bar o una peluquería, donde casi nunca se emite una factura completa con todos los datos del cliente — se da un ticket, y con eso basta legalmente para la mayoría de ventas al público. La norma llama a esto factura simplificada, y aunque lleve menos datos que una factura completa, está sujeta exactamente a las mismas reglas de Verifactu: registro encadenado, huella de cualquier borrado o cambio, y trazabilidad desde que se emite.
O sea: no existe un "modo ticket" más relajado. Si tu programa de caja emite tickets, ese programa tiene que cumplir el reglamento igual que si emitiera facturas con nombre y NIF del cliente.
¿Cuándo me toca a mí?
El calendario lo fija el Real Decreto-ley 15/2025: las sociedades tienen que cumplir desde el 1 de enero de 2027, y el resto —autónomos incluidos, que es el caso típico de bares, tiendas de barrio y peluquerías— desde el 1 de julio de 2027. Todo 2026 es periodo voluntario: puedes adaptarte antes, pero no es obligatorio todavía.
Esas fechas se cuentan igual tengas un local con datáfono fijo en el mostrador o una tablet con lector de tarjeta portátil. Lo que decide tu fecha es tu forma jurídica (autónomo o sociedad), no cómo cobras.
Cómo saber si tu TPV actual ya cumple
No hace falta que lo adivines tú: es una pregunta directa al proveedor de tu programa de caja, no al del datáfono ni al banco. Tres cosas que te dicen si vas por buen camino:
- Te confirman que están certificando el software como SIF Verifactu, con fecha aproximada de la actualización — buena señal.
- Te dicen que "eso ya lo tienen los datáfonos" o que "el banco se encarga" — mala señal, es la confusión de este mismo artículo repetida por quien te vende el programa.
- No saben qué es Verifactu cuando se lo preguntas — mala señal, y motivo para ir mirando alternativas con tiempo antes de tu fecha, algo que desarrollamos con más detalle en cómo comprobar si tu programa de facturación cumple.
Un caso tipo
Una peluquería con un datáfono portátil y un TPV en tablet donde la peluquera marca el servicio (corte, tinte, tratamiento) antes de cobrar. Cada día emite unos 25 tickets. El datáfono es el mismo desde hace tres años y nadie se lo ha tocado ni falta que hace — sigue cobrando tarjetas sin ningún cambio por Verifactu.
Lo que sí ha revisado la dueña es el programa de la tablet: ha llamado al proveedor, le han confirmado que la actualización Verifactu está prevista para antes de julio de 2027 sin coste adicional en su suscripción, y con eso ha cerrado el tema. No ha cambiado de datáfono, no ha cambiado de banco, y el único gesto ha sido una llamada de cinco minutos al sitio correcto.
Qué conviene hacer ahora
- Deja el datáfono fuera de la ecuación. No es donde está la obligación y no hace falta preguntarle nada a tu banco sobre Verifactu.
- Identifica cuál es tu programa de caja o TPV real — el que emite el ticket, aunque esté integrado en la misma tablet o pantalla que el datáfono.
- Pregúntale a ese proveedor, no al del datáfono, si está certificando su software como sistema Verifactu y para cuándo.
- Si emites tickets (factura simplificada), no des por hecho que te libras: cuentan igual que una factura completa a efectos de esta norma.
Si tu caso tiene una pieza rara —un TPV a medida, una integración entre varias cajas de distintos locales— y quieres que lo miremos contigo, escríbenos a contact@easybyte.es.
Preguntas frecuentes
¿Mi datáfono tiene que actualizarse para cumplir Verifactu?
No. El datáfono solo procesa el cobro con la tarjeta y no emite factura ni ticket, así que el Real Decreto 1007/2023 no le aplica a él directamente. Lo que sí tiene que cumplir es el programa de caja o TPV que emite el ticket o la factura de la venta.
¿Los tickets de mi bar o tienda también cuentan, o solo las facturas completas?
Cuentan igual. La normativa trata la factura simplificada (lo que en el día a día llamamos ticket) como un tipo de factura con menos datos obligatorios, pero sujeta a las mismas reglas de registro encadenado e inalterable que una factura completa.
Tengo un bar o una peluquería como autónomo, ¿cuándo me toca cumplir?
Con el calendario del Real Decreto-ley 15/2025, a los autónomos les toca el 1 de julio de 2027; a las sociedades, el 1 de enero de 2027. 2026 es periodo voluntario, sin obligación todavía.
¿Y si mi TPV es antiguo y el proveedor no lo actualiza?
Entonces no vas a poder cumplir con ese programa aunque quieras, porque el cumplimiento depende de que el software esté certificado y encadenado, no de que tú actives una opción. Toca preguntarle al proveedor con tiempo o cambiar de programa antes de tu fecha.
Dónde comprobarlo
- Real Decreto 1007/2023 — Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (texto consolidado)consultado el
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre — la prórroga que fija las fechas de 2027consultado el
- Agencia Tributaria — Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTUconsultado el